
El Artículo Quinto de la Reforma Política, que al ser aprobado modificó elartículo 109 de la Constitución Política Colombiana, señala igualmente quelos fondos que el Estado asigna a las campañas políticas serán distribuidos de manera equitativa entre las listas de partidos políticos con voto preferente.
En las listas con voto preferente se dará una participación equitativa atodos los candidatos, y se fijarán topes en el caso de las listas para Senado de la República que no hagan uso del sistema de voto preferente, así como para aquellas que se presenten en las circunscripciones especiales. El artículo de la Reforma igualmente establece el máximo porcentaje de fondos que pueden ser donados por personas o entidades privadas a las campañas políticas.
(Esto es otro trabajo de la Universidad)